Términos y condiciones

Definiciones

1.1. Laguna Beach Enterprises SL: Designa a la compañía que presta los servicios objeto del presente Contrato en Avda Circunvalacion, Parcela 13 -07710 Sant Lluis y que tiene su domicilio social, en Carrer Bellavista 5, Es Castell 07720 Menorca Baleares, calle  inscrita en el Registro Mercantil de Menorca.

1.2. El Cliente: Designa a la persona física o jurídica que contrata los servicios de Laguna Beach Enterprises SL.

1.3. Las partes: Designa conjuntamente a Laguna Beach Enterprises  S.L. y al Cliente

1.4. Condiciones Particulares: Designa los acuerdos individuales y personalizados alcanzados entre Laguna Beach Enterpirses, S.L. y el Cliente, así como cualquier otra circunstancia concreta y particular que las partes deseen hacer constar en el Contrato.

1.5. Condiciones Generales: Designa las Condiciones Generales del servicio ofrecido por Laguna Beach Enterprises, S.L., comprendidas en el presente documento, y expresamente aceptadas por el Cliente.

1.6. Contrato: Designa al acuerdo libremente alcanzado entre las partes y formalizado mediante la firma de las Condiciones Particulares y las Condiciones Generales.

1.7. Edificio: Designa el centro explotado por Laguna Beach Enterprises, S.L., donde se halla ubicado el Módulo objeto de Contrato.

1.8. Módulo: Designa el espacio puesto a disposición del Cliente en los términos establecidos en las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

1.9.Precio: Designa la retribución acordada en las Condiciones Particulares, que el Cliente deberá satisfacer a Laguna Beach Enterprises, S.L.

1.10. Fianza: Designa el depósito que el Cliente se obliga a satisfacer a Laguna Beach Enterprises, S.L., con arreglo a lo dispuesto en las Condiciones Generales del Contrato.

1.11. Reglamento de Funcionamiento: Designa las normas básicas de acceso y permanencia en el Edificio y de uso de las instalaciones y equipos accesorios al mismo.

El Contrato

2.1. Perfección: El Contrato se perfeccionará por el libre acuerdo de las partes, formalizándose mediante la firma de las Condiciones Particulares y las Condiciones Generales.

2.2. Modificaciones: Cualquier modificación de lo dispuesto en las Condiciones Generales o en las Condiciones Particulares requerirá, como presupuesto de eficacia, expreso acuerdo escrito de las partes.

2.3. Totalidad de lo pactado: Las Condiciones Particulares y las Condiciones Generales constituyen la totalidad de los acuerdos existentes entre Laguna Beach Enterprises, S.L., y el Cliente en relación al presente Contrato. Dichas disposiciones prevalecerán, por lo tanto, sobre cualquier otra propuesta o intercambio de correspondencia o similar anterior a la firma del Contrato, así como sobre cualquier otro acuerdo previo de las partes en relación con el objeto del Contrato.

2.4. Reserva de derechos: En el supuesto de que una de las partes omita en una o varias ocasiones exigir la aplicación de una o más disposiciones del Contrato, tal circunstancia no se interpretará como una renuncia de la parte en cuestión a hacer valer la misma o cualquier otra disposición del Contrato, en las mismas o distintas circunstancias. 

Naturaleza del Contrato

3.1. Las partes definen el presente, como un Contrato de prestación de servicios atípico, amparado en el principio de autonomía de la voluntad consagrado en el artículo 1.255 del Código Civil.

3.2. Las partes convienen de común acuerdo que el presente Contrato se regirá prioritariamente por los acuerdos establecidos en el mismo, los cuales desplazarán cualquier norma dispositiva que verse sobre materia regulada por dichos acuerdo.

3.3. Los pactos contenidos en el presente Contrato quedan expresamente excluidos del ámbito de aplicación de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, así como las contenidas en el Código Civil en relación con el Contrato de Arrendamiento y con el Contrato de Depósito.

 

Destino del Módul

4.1. El Cliente únicamente podrá destinar el Módulo al almacenamiento de bienes, quedando expresamente prohibido cualquier otro tipo de uso o el desarrollo de cualquier otra actividad distinta del almacenamiento.

4.2. En particular, el Cliente se abstendrá de fijar su domicilio social en la dirección del Módulo, así como consignar dicha dirección en su correspondencia comercial, o facilitarla a efectos de cualquier registro, autoridad u oficina pública o privada.

4.3. El Cliente no podrá en ningún caso introducir en el Módulo los siguientes bienes:

  • productos altamente inflamables
  • explosivos
  • alimentos
  • carburantes
  • productos perecederos
  • productos cuya comercialización sea ilegal
  • animales
  • estupefacientes y sustancias psicotrópicas
  • dinero en metálico
  • armas blancas o de fuego
  • objetos bélicos

 

4.4. No obstante lo anterior si, en cualquier momento, Laguna Beach Enterprises, S.L., considerase que cualquier bien o enser almacenado no es apto, por la razón que fuere, para permanecer en el Módulo cedido, así se lo hará saber al Cliente, quien se compromete a retirarlo de forma inmediata.

4.5. El Cliente declara que los bienes almacenados son de procedencia legal y de su propiedad o, en su caso, que tiene su pacífica o legal posesión o autorización expresa de su propietario o quien tenga derecho de disposición o administración de los mismos.

4.6. Para el caso de que el producto almacenado sea vino, Laguna Beach Enterprises, S.L., no se responsabiliza del posible deterioro, danos o perjuicios que dicho vino pudiese sufrir debido a alteraciones y cambios de temperatura, humedad., o por calquier causa climatologica.  El Cliente asume el riesgo del producto almacendado y por tanto solo el responde de que dicho producto se conserve en condiciones optimas.

 

Duración

5.1. La duración inicial del presente Contrato será la establecida de común acuerdo entre las partes en las Condiciones Particulares del mismo.

5.2. Transcurrido dicho plazo inicial de duración, el Contrato se entenderá automáticamente prorrogado, bien por periodos sucesivos de un mes cada uno de ellos, en el supuesto de que la duración inicial del mismo se hubiera establecido por un mes, o bien por períodos sucesivos de una semana cada uno de ellos, si la duración inicial se hubiera fijado por una semana, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su voluntad de no prorrogarlo.

5.3.Dicha notificación deberá efectuarse con una antelación mínima de 15 días naturales a la fecha de terminación del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas, si el período inicial de duración se hubiera fijado por un mes, o bien deberá efectuarse el sexto día de la semana de duración inicial del Contrato o de cualquiera de las semanas que supusieran la prórroga del mismo, si la duración inicial se hubiera fijado por una semana.

 

Precio

6.1. A la firma del Contrato el Cliente abonará a Laguna Beach Enterprises, S.L., el Precio que se corresponde con la cantidad convenida como “Tarifa” en las Condiciones Particulares del presente Contrato, incrementado con el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo legal vigente.

6.2. Prorrogado el período inicial, el Cliente se obliga a abonar a Laguna Beach Enterprises S.L., el primer día de cada prórroga, el importe del Precio convenido en el Contrato que se renueva.

6.3. El Cliente hará efectivo el pago del Precio a Laguna Beach Enterprises, S.L., por medio de una trasferencia bancaria.

6.4. Laguna Beach Enterprises, S.L., se reserva la facultad de actualizar el Precio cada mes de diciembre de acuerdo con el Índice General Nacional del sistema de Índice de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya. Dicha actualización deberá ser comunicada al Cliente con una antelación de 30 días naturales respecto a la fecha de efectividad de la actualización. 

6.5. Laguna Beach Enterprises S.L. se reserva igualmente la facultad de revisar el importe del Precio, en cualquier momento una vez transcurrido el plazo de 6 meses desde la firma del Contrato. Dicha revisión requerirá notificación al Cliente con una antelación mínima de 30 días naturales respecto a la fecha de efectividad de la modificación.

6.6. Comunicada la revisión del Precio de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6.5., el Cliente podrá dar por resuelto el Contrato mediante comunicación fehaciente a Laguna Beach Enterprises S.L. en el plazo de 15 días naturales a contar desde la recepción de aquélla. Ejercitada dicha facultad, el Cliente deberá abonar a Laguna Beach Enterprises, S.L., todas las cantidades pendientes de pago, sin perjuicio de lo establecido en la estipulación duodécima en relación con la retirada de los bienes.

6.7. En el supuesto en que el Cliente dé por resuelto el Contrato y desaloje el Módulo con antelación al término del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas, habiendo realizado la comunicación preceptiva, Laguna Beach Enterprises, S.L., le devolverá el importe correspondiente al período pagado por adelantado y no utilizado. Dicha devolución se hará en el plazo máximo de 25 días a contar desde el momento en que se comunique la resolución del Contrato y se desaloje el Módulo.

 

Fianza

7.1. En garantía de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, en el momento de la firma del mismo, el Cliente depositará a favor de Laguna Beach Enterprises, S.L. una Fianza equivalente al Precio correspondiente como mínimo a una semana (IVA excluido), la cual le será devuelta a la finalización del Contrato sin derecho a que reclame intereses de ningún tipo. 

7.2. Sin perjuicio de lo anterior, Laguna Beach Enterprises, S.L., podrá incrementar el importe de la Fianza a depositar por el Cliente, hasta una cantidad equivalente al Precio correspondiente a tres meses (IVA excluido).

7.3. La restitución al Cliente del importe depositado en concepto de Fianza se realizará en el plazo máximo de 25 días naturales desde la finalización del Contrato siempre que el Cliente haya cumplido con todas sus obligaciones, tanto dinerarias como no dinerarias. En el supuesto de que el Cliente adeudara alguna cantidad a Laguna Beach Enterprises S.L., dicha cantidad será detraída del importe de la Fianza.

7.4. Sin perjuicio de lo anterior, Laguna Beach Enterprises S.L. se reserva el derecho a no devolver el importe de la Fianza en los siguientes supuestos :

  1. Cuando el Cliente, en el momento de la finalización del Contrato, o en cualquier otro momento en que, según lo establecido en el presente Contrato, fuera requerido por Laguna Beach Enterprises, S.L., no retirara sus bienes del Módulo puesto a su disposición según este Contrato.
  2. Cuando el Cliente, tras haber incumplido sus obligaciones de pago, y, a tales efectos, haber sido requerido para ello por Laguna Beach Enterprises, S.L., hiciera efectivas las cantidades debidas pasado un mes desde dicho requerimiento, manifestando su voluntad de NO mantener el Módulo.
  3. Cuando el Cliente, tras haber incumplido sus obligaciones de pago, y, a tales efectos, haber sido requerido para ello por Laguna Beach Enterprises, S.L., hiciera efectivas las cantidades debidas pasado más de un mes desde la fecha de dicho requerimiento, mantuviera o no el Módulo.
  4. Cuando existan desperfectos en el Módulo causados por el Cliente.
  5. 7.5 Del mismo modo, Laguna Beach Enterprises, S.L., no tendrá la obligación de devolver el importe de la Fianza cuando el Cliente no hubiere notificado su renuncia a la prórroga automática, con un mínimo de 15 días naturales a la fecha de terminación del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas, si el período inicial de duración se hubiera fijado por un mes, o bien el sexto día de la primera semana de duración del Contrato o de cualquiera de las semanas que supusieran la prórroga del mismo, si la duración inicial se estableciera por una semana.
Impago

8.1. En caso de impago o mora en el abono de cualquier cantidad devengada a favor de Laguna Beach Enterprises, S.L. de conformidad con el presente Contrato serán de aplicación las siguientes normas:

8.2. A partir del 5º día natural de mora, Laguna Beach Enterprises, S.L. podrá anular el código de acceso del Cliente al Edificio, pudiendo así mismo bloquear la apertura del Módulo, hasta que sean satisfechas las cantidades adeudadas.

8.3. A partir del 15º día natural de mora, se generará un recargo del 10% sobre la cantidad adeudada y no satisfecha, recargo que como mínimo será de 10 euros. En ese momento, Laguna Beach Enterprises, S.L. reclamará al Cliente mediante envío de una primera carta certificada con acuse de recibo, el abono de las cantidades adeudadas más los costes de envío de la propia carta, apercibiéndole de las circunstancias previstas en el apartado 8.2., así como, en su caso, de la pérdida del seguro que el Cliente hubiera contratado a través de Laguna Beach Enterprises, S.L. de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 9.4. del presente contrato.

8.4. A partir del 30º día natural de mora, Laguna Beach Enterprises, S.L. remitirá al Cliente una nueva carta certificada con acuse de recibo, en la que le reclamará nuevamente las cantidades adeudadas, incluyendo los costes que se deriven del envío de las cartas remitidas, y el recargo aplicado a que se refiere el apartado 8.3, e igualmente le advertirá de la posible pérdida de la fianza de acuerdo con lo previsto en el apartado 7.4 anterior. A esta segunda carta se adjuntará la factura correspondiente a los importes pendientes para que proceda a su pago, así como copia de la anterior carta enviada.

8.5. A partir del 45º día natural de mora, Laguna Beach Enterprises, S.L. notificará al Cliente la resolución del Contrato mediante una tercera carta certificada con acuse de recibo, requiriéndole de nuevo el pago del total de las cantidades adeudadas, incluyendo los costes que se deriven del envío de las cartas remitidas, y el recargo aplicado a que se refiere el apartado 8.3.

En la misma notificación, Laguna Beach Enterprises, S.L., comunicará al Cliente que, si transcurridos quince días desde el envío de esta tercera carta, no hubiere procedido a la retirada de sus bienes y a la regularización de su situación de impago, Laguna Beach Enterprises, S.L., hará suyo el importe depositado en concepto de Fianza, y procederá a trasladar los bienes depositados en el Módulo a otro lugar de su elección, dando a dicho Módulo desocupado el destino que estime conveniente. En caso de dar lugar a este traslado por causa de impago, Laguna Beach Enterprises, S.L., impondrá al Cliente un recargo adicional del 30% del Precio en concepto de penalización.

Las partes convienen expresamente en este acto, que si habiendo procedido Laguna Beach Enterprises, S.L., al traslado de los bienes al que se refiere el párrafo anterior, el Cliente persistiera en la irregularidad de su situación, sin retirar los bienes del lugar al que hubieran sido trasladados, ni hacer efectivas el total de las cantidades debidas en el plazo de 15 días a contar desde el día en que se proceda al traslado de los bienes, Laguna Beach Enterprises, S.L. se adjudicará dichos bienes en pago de los gastos ocasionados por el traslado, quedando definitivamente liberada de todo deber de custodia de los bienes, pudiendo dispensarles el destino que considere más conveniente incluida su enajenación y destrucción, todo ello sin perjuicio de la reclamación de las cantidades debidas en virtud del presente contrato.

8.6. Los gastos que se deriven de cuantas cartas certificadas con acuse de recibo fueren enviadas por Laguna Beach Enterprises, S.L. al Cliente, desde el momento en que se produjera la mora hasta el momento en que se hicieran efectivas el total de las cantidades debidas, serán en cualquier caso a cuenta del propio Cliente, sumándose así a las cantidades que ya debiera en concepto de facturas impagadas y recargos no abonados.

8.7. Las partes acuerdan que en relación con el traslado al que se refiere el apartado 8.5, el Cliente no podrá en ningún caso responsabilizar a Laguna Beach Enterprises, S.L. del deterioro sufrido por los bienes con ocasión de su retirada de Módulo, que se entenderá realizada por cuenta y riesgo del Cliente.

8.8. La presente Condición General se interpretará con arreglo a lo dispuesto en las Condiciones Generales undécima y duodécima.

Obligaciones de las partes
9.1. Uso y Mantenimiento del Módulo. El Cliente se compromete a:

9.1.1. Utilizar el Módulo y las restantes instalaciones del Edificio con el debido cuidado y diligencia.

9.1.2. Dar al Módulo el destino establecido en la estipulación cuarta de estas Condiciones Generales.

9.1.3. Responsabilizarse de cuantos daños, menoscabos y desperfectos se produzcan por su culpa, tanto en el Módulo como en el Edificio, exceptuando los derivados del lógico desgaste producidos por el uso.

9.1.4. A informar a Laguna Beach Enterprises, S.L. con la debida diligencia de la producción de cualquier daño en el Módulo o en el Edificio.

9.1.5. A resarcir el coste de la reparación de los posibles daños o menoscabos que le sean imputables en el plazo de 7 días naturales desde la reclamación por Laguna Beach Enterprises, S.L. de dicho coste, pudiendo ser detraído de la Fianza una vez transcurrido dicho periodo.

Si la Fianza no fuera suficiente para cubrir el citado coste, Laguna Beach Enterprises, S.L. requerirá al Cliente para que abone la cantidad correspondiente en el plazo de siete días a contar desde la recepción de requerimiento.

Transcurrido el ulterior plazo de 7 días sin que el Cliente hubiera hecho efectivo el pago reclamado, serán aplicables a las cantidades adeudadas, las previsiones contenidas en la estipulación octava anterior.

9.1.6. A adoptar todas las medidas precisas para almacenar los bienes en el Módulo de conformidad con la totalidad de las normas o instrucciones comunicadas por Laguna Beach Enterprises S.L. en materia de seguridad, prevención de incendios y en general de acceso al Edificio contenidas en el Reglamento de Funcionamiento, copia del cual se adjunta a las presentes Condiciones Generales como Anexo I.

9.1.7. A dejar dentro del Módulo un espacio no inferior a 20 centímetros entre los bienes y los dispositivos de iluminación y de protección contra incendios del Módulo.

9.1.8. A no anclar ni sujetar ningún tipo de objeto a la estructura fija del módulo, ya sean paredes o techos, sin la previa autorización de Laguna Beach Enterprises, S.L. En el supuesto de que, como consecuencia del incumplimiento de la presente obligación, resultare dañada la estructura del trastero, Laguna Beach Enterprises S.L. procederá a reclamar al Cliente responsable de dichos daños, la cuantía de los mismos, pudiendo ser detraída de la Fianza.

Si la Fianza no fuera suficiente para cubrir el citado coste, Laguna Beach Enterprises, S.L. requerirá al Cliente para que abone la cantidad correspondiente en el plazo de siete días a contar desde la recepción de requerimiento. Transcurrido el ulterior plazo de 7 días sin que el Cliente hubiera hecho efectivo el pago reclamado, serán aplicables a las cantidades adeudadas, las previsiones contenidas en la estipulación octava anterior.

9.1.9. Cumplir de forma estricta con las normas de conducta referentes a la seguridad personal en el Edificio, tales como uso de montacargas, equipo de carga, etc.

9.2. Entrega y recepción de bienes

9.2.1. El Cliente deberá introducir los bienes en el Módulo, responsabilizándose de la recepción, carga y descarga de los bienes.

9.2.2. El Cliente podrá utilizar el equipo de manipulación y descarga disponible en el Edificio para facilitar la introducción de los bienes en el interior del Módulo, aceptando expresamente ser el único responsable del uso del mencionado equipo.

9.3. Acceso al Edificio y al Módulo

9.3.1. Laguna Beach Enterprises, S.L. garantiza al Cliente el libre acceso al Edificio y al Módulo durante el horario y en los términos y condiciones establecidos en el Reglamento de Funcionamiento. Es condición para dicho libre acceso que el Cliente se encuentre al corriente de pago del Precio.

9.3.2. A los efectos de facilitar el acceso al Edificio, Laguna Beach Enterprises, S.L. facilitará al Cliente un código electrónico o magnético.

9.3.3. Laguna Beach Enterprises, S.L. no se hace responsable del uso que el Cliente haga del código ni del uso que del mismo hagan terceras personas con o sin conocimiento del Cliente. 

9.3.4. El Cliente no estará autorizado para acceder al Edificio y al Módulo fuera del horario previsto en el Reglamento de Funcionamiento, el cual podrá ser modificado por Laguna Beach Enterprises, S.L. previo aviso al Cliente con una antelación mínima de quince días naturales. El Cliente dispondrá de un plazo de quince días naturales, para, en su caso, resolver el Contrato y satisfacer las cantidades adeudadas a Laguna Beach Enterprises, S.L.

9.3.5. El Cliente se obliga a instalar un candado en la puerta del Módulo, haciéndose cargo de su compra y colocación. Igualmente asume en exclusiva la custodia de la llave del candado, responsabilizándose de su extravío y de su posible uso por parte de terceras personas. 

9.3.6. Previo aviso al Cliente con un día de antelación, éste se obliga a facilitar a Laguna Beach Enterprises, S.L. el acceso al Módulo en cualquiera de los siguientes supuestos:

  1. Para verificar el uso adecuado del Módulo por parte del Cliente.2. 
  2. Para realizar obras de reparación o mantenimiento.

9.3.7. El Cliente autoriza así mismo a Laguna Beach Enterprises, S.L. a acceder al Módulo, sin necesidad de preaviso, en cualquiera de los siguientes casos:

a)  A solicitud de las autoridades judiciales o administrativas competentes y en especial de la policía y los bomberos.

b)  En situaciones de urgencia susceptibles de provocar daños en el Módulo o en general al Edificio y a su contenido.

c)  En caso de impago del precio de acuerdo con lo previsto en la cláusula octava.

d)  En caso de resolución del Contrato por incumplimiento imputable al Cliente.

9.4. Seguro

9.4.1. El Cliente se obliga a asegurar y mantener asegurados los bienes durante todo el periodo de vigencia del Contrato, mediante la suscripción de una póliza de seguro que cubra todo los riesgos a que se encuentren expuestos los bienes y en particular los riesgos causados por incendios, explosiones, agua, humo y riesgos fines, así como de responsabilidad civil.

A tal efecto el Cliente declara en las Condiciones Particulares del presente Contrato que:

a)  Se adhiere a la póliza de seguro con la compañía contratada por Laguna Beach Enterprises, S.L. abonando a la firma del presente Contrato la cantidad indicada en las Condiciones 

Particulares en concepto de prima de adhesión durante todo el periodo de vigencia del Contrato sin perjuicio de lo establecido para el caso de variación en el valor de los bienes. Las condiciones con arreglo a las cuales se rige dicha póliza de seguro se recogen en las condiciones particulares del presente Contrato. 

b)  Tiene contratada una póliza de seguro que cubre todos los riesgos previstos en el presente apartado con la compañía aseguradora de su elección, facilitando copia de la misma a Laguna Beach Enterprises, S.L. junto con una declaración conforme se encuentra al corriente en el pago de las primas. En el supuesto de que se decantara por esta segunda opción, el Cliente se compromete a entregar en este mismo acto, o en cualquier caso, antes del momento en que entrara a ocupar el Módulo, copia de la póliza de seguro de la compañía que ya tuviera contratada.

9.4.2. En el supuesto de que el Cliente opte en las Condiciones Particulares por contratar un póliza de seguro con una compañía aseguradora de su elección, el Cliente se obliga a probar en cualquier momento y a requerimiento de Laguna Beach Enterprises, S.L.: a) La subsistencia de la póliza; b) El pago de las correspondientes primas; y c) Que las condiciones de la póliza cubren adecuadamente los riesgos contemplados en este apartado 9.4.

9.4.3. En el caso de que el Cliente incumpla las anteriores obligaciones de suscripción e información sobre la póliza de seguro, Laguna Beach Enterprises, S.L. estará facultada a resolver el presente Contrato de acuerdo con lo establecido en la estipulación undécima.

9.4.4. En el caso de que el Cliente opte por adherirse a la póliza de seguro de la compañía aseguradora contratada por Laguna Beach Enterprises, S.L., la falta de pago de la prima que corresponda implicará en cualquier caso la inmediata resolución del contrato de seguro.

9.4.5. El Cliente se compromete a declarar en las Condiciones Particulares del presente contrato el valor aproximado de los bienes que depositará en el Módulo. Así mismo,  se obliga a:

a)  En el caso de que opte por adherirse a la póliza de seguro de la compañía contratada por Laguna Beach Enterprises, S.L., comunicar a la misma toda variación en el valor de los bienes, a fin de que dicha variación pueda ser reflejada en las pólizas de seguro y en el importe que el Cliente deba abonar en concepto de prima de adhesión.

b)  En el supuesto de que se haya comprometido a suscribir una póliza de seguro con una compañía aseguradora de su elección y se produzca una variación en el valor de los bienes, comunicar a la compañía aseguradora dicha variación con el objeto de que la misma pueda reflejarse en la póliza de seguro. Asimismo el Cliente deberá comunicar por escrito a Laguna Beach Enterprises, S.L. la variación en el valor de los bienes.

Responsabilidad

10.1 El Cliente será plena y exclusivamente responsable de:

10.1.1. La guarda y custodia de los bienes y de todos los daños que los mismos puedan sufrir incluido su deterioro pérdida o sustracción.

10.1.2 Todo daño producido por el Cliente o por los bienes, a cualquier persona o a cualquier bien situado en el Edificio.

10.1.3 Todo daño producido por sus bienes al Edificio.

Resolución

11.1 El incumplimiento por una de las partes de las obligaciones que se deriven del Contrato facultará a la otra a resolverlo sin perjuicio de poder reclamar el resarcimiento de los daños y perjuicios que se le hubieran producido

11.2 De modo enunciativo y no limitativo, Laguna Beach Enterprises S.L. podrá resolver el Contrato en los siguientes supuestos:

  1. Falta de pago del Precio.
  2. Introducción de bienes en contravención de la estipulación cuarta.
  3. Incumplimiento de las disposiciones relativas al uso y mantenimientos del Módulo y al acceso al Módulo.
  4. Incumplimiento de las obligaciones de aseguramiento.

 

11.3. Sin perjuicio de lo previsto en relación al impago del Precio, que se regirá de conformidad con la estipulación octava de estas Condiciones Generales, Laguna Beach Enterprises, S.L. solo podrá dar por resuelto el Contrato si: 

1º Previamente requiere al Cliente por escrito para que subsane el incumplimiento; y 

2º El Cliente no subsana el incumplimiento en un plazo de 7 días naturales desde la fecha de recepción del requerimiento. 

11.4. Las partes convienen que si por causa imputable al Cliente debiera darse por resuelto el Contrato, Laguna Beach Enterprises, S.L. retendrá el importe de la Fianza en concepto de indemnización por la resolución del Contrato, sin perjuicio de que Laguna Beach Enterprises, S.L. pueda exigir por todos los medios legales, el pago del Precio y del resto de las cantidades adeudadas de acuerdo con el presente Contrato así como el resarcimiento de posibles daños y perjuicios.

Retirada de los bienes

12.1. El Cliente deberá haber retirado todos los bienes del Módulo a la fecha de finalización del Contrato, así como el candado de cierre instalado en la puerta del mismo.

12.2. Si el Cliente en la fecha de finalización del Contrato no hubiera retirado todos los bienes del módulo, Laguna Beach Enterprises, S.L., estará facultada a imponerle una penalización de 10.-€  por cada día que transcurra hasta que haya retirado todos los bienes. En este supuesto y sin perjuicio de la aplicación de la anterior penalización, el Cliente autoriza expresamente a Laguna Beach Enterprises, S.L. para que pueda:

  1. Romper el candado y acceder al Módulo.
  2. Retirar del módulo todos los bienes. 
  3. Situar los bienes en otro lugar a libre elección de Laguna Beach Enterprises, S.L.

 

12.3. Las partes acuerdan que en relación al traslado al que se refiere el apartado 12.2 c) el Cliente no podrá en ningún caso responsabilizar a Laguna Beach Enterprises, S.L. del deterioro sufrido por los bienes con ocasión de su retirada del Módulo, que se entenderá realizada por cuenta y riesgo del Cliente. En este supuesto Laguna Beach Enterprises, S.L. notificará dicho traslado mediante carta certificada con acuse de recibo.

12.4. En la misma carta, y en virtud de lo establecido en el apartado 8.5. del presente Contrato, Laguna Beach Enterprises, S.L., apercibirá al Cliente de la imposición de un recargo adicional equivalente al 30% del Precio, si habiéndole sido notificado el traslado, no procediera a la retirada de sus bienes antes del plazo al que se hace referencia en el párrafo siguiente.   

Para el caso de que, transcurrido el plazo de treinta días desde la recepción por el Cliente de la notificación a que se refiere el apartado 12.3 sin que el mismo hubiera retirado los bienes y, en su caso, regularizado su situación de impago, las partes convienen expresamente en este acto la adjudicación por parte de Laguna Beach Enterprises, S.L., de dichos bienes en pago de los gastos ocasionados por el traslado, quedando definitivamente liberada de todo deber de custodia de los bienes, pudiendo dispensarles el destino que considere más conveniente incluyendo su enajenación y destrucción, todo ello sin perjuicio de la reclamación de las cantidades debidas en virtud del presente Contrato.

 

Cesión del Contrato

13.1. El Cliente no podrá ceder, en caso alguno, su posición contractual a terceros.

 

Notificaciones

14.1. Las partes designan los domicilios de contacto que figuran en las Condiciones Particulares a los efectos de cualquier notificación que las partes debieran  practicarse. 

14.2. El Cliente deberá comunicar a Laguna Beach Enterprises, S.L. todo cambio de su domicilio o sede social así como de teléfonos de contacto y direcciones de correo electrónico, que enviará dentro del plazo máximo de 7 días naturales contados a partir de la fecha de cambio de domicilio.

14.3. Laguna Beach Enterpises, S.L. se obliga a comunicar al Cliente por escrito todo cambio de su domicilio o cualquier otra circunstancia que afecte a la operatividad de su sede. 

14.4. Las notificaciones que no se hubieran podido practicar por causa imputable al Cliente no perjudicarán a Laguna Beach Enterprises, S.L. ni en particular, obstarán al desarrollo de los procedimientos establecidos en las Condiciones Generales octava undécima y duodécima.

Protección de Datos de Carácter Personal

15.1. Con el fin de proteger los derechos del Cliente, al amparo de lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, Laguna Beach Enterprises, S.L. informa al Cliente, en virtud de la presente 

Cláusula, de que todos sus Datos, así como los Datos relativos al resto de Clientes, se incorporarán a un Fichero titularidad de Laguna Beach Enterprises, S.L., con la finalidad de servir a las actividades propias de esta Sociedad, a la efectividad de sus relaciones contractuales, y al envío de publicidad y ofertas comerciales relacionadas con la actividad social de la misma. El Cliente consiente expresamente en virtud del presente Contrato, a que sus Datos sean incorporados al Fichero, y a que los mismos sean utilizados por Laguna Beach Enterprises, S.L. para las finalidades comerciales antedichas

15.2. Laguna Beach Enterprises, S.L., en virtud de lo dispuesto en la antedicha Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, informa al Cliente de que podrá ejercer los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus Datos, en los términos legalmente previstos, bien mediante comunicación hecha por escrito, y dirigida a Laguna Beach Enterprises SL, AvdaCircunvalacion Parcela 13 07710 Sant Lluis  bien mediante comunicación electrónica a la dirección URL www.menorcaselfstorage.com

15.3. Asimismo, se informa al Cliente de que, mientras el presente Contrato esté vigente, podrá comunicar en cualquier momento a Laguna Beach Enterprises, S.L., su intención de no recibir más publicidad, ofertas u otros tipos de información comercial relativas a la Sociedad. 

15.4. Laguna Beach Enterprises, S.L., se compromete por el presente Contrato a no comunicar la información contenida en su Fichero a otras personas o empresas cuya actividad social esté directa o indirectamente relacionada con la compra, la venta, o el mero tratamiento de Bases de Datos de Carácter Personal.

 

Ley Aplicable y Jurisdicción.

16.1. Este Contrato estará regulado y será interpretado de acuerdo con el Derecho Español.

16.2. Para todas cuantas cuestiones puedan suscitarse respecto a la eficacia e interpretación de este Contrato las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales del partido que corresponda al lugar en que se encuentre situado el Edificio, con renuncia expresa de cualquier otro foro que pudiera corresponderles. 

Como prueba de conformidad con todos los términos y las Condiciones Particulares y Generales que constan en el presente Contrato las partes lo suscriben en el lugar y fecha abajo indicados. 

 

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